Posiciones funcionales y de inmovilización
Posiciones funcionales y de inmovilización
Descrita inicialmente en 1948 por S. Bunnell, como la posición de la mano en reposo, la posición funcional de la mano es, en realidad, bastante diferente de la quc se observa en el individuo adormecido, igualmente denominada posición de relajación o posición de reposo, que también constituye la posición antiálgiea de la mano lesionada: antebrazo en pronación, muñeca flexionada, pulgar en aducción-retroposición, comisum cerrada, dedos relativamente extendidos sobre todo las articulaciones metacarpofalángicas.
W. Linier puntualizo en 1951 la posición funcionalantebrazo en semipronación, muñeca en extensión de 300 y aducción que sitúa el pulgar, sobre todo el primer metacarpiano, en alineación con el radio, constituyendo asi con el scgundo metacarpiano un ángulo aproximado de 45°, articulaciones metacarpofalángica e interfalángica casi en posición de alineación, dedos ligeramente flexionados, tanto mas a la altura de las articulaciones rnclacarpofalángicas cuanto más interno sea el dedo.
3) Las posiciones no funcionales denominadas "de inmovilización temporal" posiciones de relajación parcial.
Sólo se justifican en el periodo de tiempo más corto posible para obtener una mayor estabilidad en un foco de fractura o una relajación en una sutura tendinosa o nerviosa.
Existe un grave riesgo de rigidez por éxtasis venoso y linfático. Dicho peligro disminuye considerablemente si las articulaciones vecinas a las inmovilizadas se movilizan activamente:
• Tras una sutura del nervio mediano, del nervio cubital o de los músculos flexores de los dedos, puede flexionarse la muñeca hasta los 40° sin grandes consecuencias durante tres semanas, aunque es imprescindible inmovilizar las articulaciones metacarpofalángicas en flexión aproximadamente 50°, dejando las articulaciones interfalángicas en su grado de extensión narural puesto que su extensión es dificil de recuperar después de una flexión forzada.
• Tras reparación de los elementos dorsales, las articulaciones deben inmovilizarse en extensión, aunque es necesario conservar siempre al menos 10° de flexión en las articulaciones metacarpofalángicas.
En cuanto a las articulaciones interfalángicas la flexión puede ser de 20° si la sección se localizase por encima de las articulaciones metacarpofalángicas, pero deberá ser nula si la sección se localiza en la primera falange.
• Tras tratamiento de las lesiones denominadas "en ojal", se inmoviliza la articulación interfalángica proximal en extensión y la articulación interfalángica distal en flexión para traccionar distalmente el aparato extensor.
• Por el contrario, si la lesión se localizase cerca de la articulación interfalángica distal, ésta se inmovilizaría en extensión y la articulación interfalángica proximal en flexión para relajar asi las cintillas laterales del músculo extensor.
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